Ley 0

Artículo 44

Texto oficial

La Provincia preserva, enriquece y difunde su patrimonio cultural, histórico, arquitectónico, arqueológico y urbanístico, y protege sus instituciones. La Provincia desarrollará políticas orientadas a rescatar, investigar y difundir las manifestaciones culturales, individuales o colectivas, y las realizaciones del pueblo que afirmen su identidad regional, provincial y nacional, generando ámbitos de participación comunitaria.

Qué significa en la práctica

La Provincia protege y difunde su patrimonio cultural, histórico, arquitectónico y arqueológico, y promueve las manifestaciones culturales que afirman la identidad regional y provincial.

Ejemplo práctico

Un constructor que demoliera un edificio histórico declarado patrimonio cultural sin autorización cometería una infracción grave. La Provincia tiene obligación constitucional de preservar ese patrimonio y puede exigir la restauración a cargo del responsable.

Efectos prácticos

  • El patrimonio histórico y arqueológico es de dominio público y no puede ser destruido ni privatizado
  • El Estado debe financiar políticas para rescatar y difundir la cultura popular y las tradiciones regionales
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