Ningún impuesto establecido o aumentado para sufragar la construcción de obras especiales, podrá ser aplicado interina o definitivamente a objetos distintos de los determinados en la ley de su creación, ni durará por más tiempo que el que se emplee en redimir la deuda que se contraiga.
Qué significa en la práctica
Los impuestos creados para financiar obras especiales no pueden redirigirse a otros objetos ni prolongarse más allá del tiempo necesario para saldar la deuda de la obra.
Ejemplo práctico
Si la Provincia creó un impuesto en 2010 para construir un gasoducto y lo terminó en 2015, ese impuesto debe eliminarse: ya no existe la deuda que justificaba su cobro. Extenderlo para otros fines sería inconstitucional.
Efectos prácticos
•Un impuesto creado para financiar una obra pública debe extinguirse cuando la deuda se cancela
•Redirigir esos fondos a otro fin requeriría una nueva ley y sería inconstitucional