Ley 0

Artículo 94

Texto oficial

La Legislatura sancionará su presupuesto, acordando el número de empleados que necesite, su dotación y la forma en que deben proveerse. Esta ley no podrá ser vetada por el Poder Ejecutivo.

Qué significa en la práctica

La Legislatura aprueba su propio presupuesto de gastos y personal. El Poder Ejecutivo no puede vetarlo, garantizando así la independencia financiera del Poder Legislativo.

Ejemplo práctico

La Legislatura aprueba su propio presupuesto de gastos operativos y el gobernador no puede vetarlo: la autonomía financiera del Legislativo es una garantía de separación de poderes.

Efectos prácticos

  • El Ejecutivo no puede condicionar financieramente al Legislativo vetando su presupuesto
  • La autonomía financiera de la Legislatura es una garantía de la separación de poderes
← Ver en Constitución Bonaerense completaConstituciones