Ley 0

Artículo 114Relaciones interjurisdiccionales

Texto oficial

La Ciudad puede celebrar convenios con el Estado Nacional, las provincias y los municipios para la prestación de servicios, realización de obras, ejecución de actividades y cumplimiento de objetivos de interés común.

Qué significa en la práctica

La Ciudad puede firmar acuerdos con el Estado Nacional, las provincias o los municipios para gestionar en conjunto servicios, obras o programas de interés compartido. Estos convenios permiten la coordinación entre distintas jurisdicciones sin necesidad de una ley nacional.

Ejemplo práctico

El convenio entre el GCBA y la Provincia de Buenos Aires para coordinar el transporte metropolitano (trenes, colectivos del conurbano) o los protocolos conjuntos durante una pandemia son ejemplos de convenios interjurisdiccionales amparados por este artículo.

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