Texto constitucional originario sancionado por la Convención Constituyente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocada en virtud del art. 129 de la Constitución Nacional (reforma de 1994). Organizó institucionalmente a la Ciudad con plena autonomía, creó el Jefe de Gobierno electo, la Legislatura unicameral, el Poder Judicial propio con TSJ y Consejo de la Magistratura, el sistema de comunas y los mecanismos de democracia directa.
Resumen ejecutivo
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1996) es la norma suprema del Estado porteño. Organiza la Ciudad como una democracia participativa con gobierno republicano y representativo. Reconoce derechos de primera generación (libertades individuales, propiedad, ), de segunda generación (salud, educación, vivienda, trabajo, seguridad social) y de tercera generación (ambiente sano, consumidores, niñez, género). Crea una Legislatura unicameral de 60 miembros, un Poder Ejecutivo encabezado por el Jefe de Gobierno elegido por ballotage, y un Poder Judicial con Tribunal Superior de Justicia y Consejo de la Magistratura. Introduce las comunas como unidades de gobierno descentralizado y consagra mecanismos de democracia directa amplios: iniciativa popular, referéndum vinculante y revocatoria de .Objetivo
Organizar institucionalmente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con plena autonomía política, administrativa, legislativa y jurisdiccional; garantizar el pleno goce de los derechos fundamentales de sus habitantes; estructurar los poderes del Estado local; descentralizar la gestión mediante comunas; y consagrar instrumentos de participación ciudadana directa.Problema que resuelve
Antes de 1996, Buenos Aires era un Municipio de la Nación sin autonomía real: el Jefe de Gobierno era el Presidente de la República, y los porteños no elegían a sus autoridades locales. El art. 129 de la reforma constitucional nacional de 1994 le reconoció autonomía y mandató a sancionar su propio estatuto organizativo. Esta Constitución resolvió ese vacío institucional y dotó a la Ciudad de un orden jurídico propio.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes