Ley 0

Artículo 71Sesiones de la Legislatura

Texto oficial

La Legislatura se reúne en sesiones ordinarias desde el primero de marzo hasta el quince de diciembre de cada año. Puede prorrogarse más allá de esa fecha y convocarse a sesiones extraordinarias por el Poder Ejecutivo, o a sesión especial por su propia iniciativa con el voto de la mayoría del total de sus miembros.

Qué significa en la práctica

La Legislatura tiene sesiones ordinarias del 1° de marzo al 15 de diciembre. Si hay temas urgentes fuera de ese período, el Ejecutivo puede llamar a sesiones extraordinarias. Los propios legisladores pueden convocar una sesión especial si lo vota la mayoría absoluta.

Ejemplo práctico

Si el Jefe de Gobierno necesita que la Legislatura apruebe una ley urgente en enero, puede convocarla a sesiones extraordinarias. Si los legisladores quieren debatir un tema en enero sin que el Ejecutivo lo convoque, pueden hacerlo por sesión especial si lo aprueban por mayoría.

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