Ley 0

Artículo 186Contador General y Tesorero de la Provincia

Texto oficial

El Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado designará un Contador General y un Tesorero de la Provincia, que serán los jefes y encargados de las respectivas reparticiones. Para desempeñar el primer cargo se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco años de edad y el título de contador público nacional. Para el segundo, las mismas condiciones de nacionalidad y edad y ser perito mercantil con diez años de servicios prestados en la administración.

Qué significa en la práctica

El Gobernador, con acuerdo del Senado, designa al Contador General (contador público nacional, 25 años) y al Tesorero (perito mercantil con 10 años en la administración, 25 años). Ambos dirigen sus reparticiones y son responsables de la hacienda pública.

Ejemplo práctico

Un joven contador recién recibido no puede ser Contador General; debe tener 25 años y el título habilitante.

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