Ley 0

Artículo 189Atribuciones del Tribunal de Cuentas

Texto oficial

El Tribunal de Cuentas, cuyas funciones y deberes reglamentará la ley, tendrá a su cargo: a) Fiscalizar la percepción e inversión de los caudales públicos hechos por todos los funcionarios y administradores de la Provincia. b) Fiscalizar y vigilar todas las operaciones y cuentas de las haciendas paraestatales. c) Examen y juicio de cuentas de los responsables. d) La declaración de responsabilidad y formulación de cargos cuando corresponda. e) Fiscalizar y controlar la percepción e inversión de los caudales públicos de las municipalidades y comunas. f) Presentar directamente a la Legislatura la memoria de su gestión antes del 31 de mayo de cada año.

Qué significa en la práctica

El Tribunal de Cuentas fiscaliza todo el dinero público: controla cómo se cobran y gastan los fondos provinciales y municipales, audita las entidades paraestatales (empresas con participación del Estado), juzga cuentas de responsables, formula cargos por irregularidades y presenta un informe anual al Legislativo antes del 31 de mayo.

Ejemplo práctico

Si un municipio gastó fondos de coparticipación en gastos no permitidos, el Tribunal de Cuentas puede declarar responsabilidad y formular cargos al intendente.

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