Ley 0

Artículo 197Intangibilidad de la remuneración judicial

Texto oficial

Los miembros del Poder Judicial recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley y no podrá ser disminuida mientras permanecieren en funciones, sino por disposiciones legales de carácter general y transitorio, extensivas a todos los poderes.

Qué significa en la práctica

El de los jueces no puede reducirse mientras están en funciones, salvo que una ley general y transitoria recorte salarios de todos los poderes del Estado al mismo tiempo. Esto protege la independencia judicial frente a presiones económicas.

Ejemplo práctico

Una reducción salarial solo para el Poder Judicial (sin afectar al Ejecutivo y Legislativo) sería inconstitucional.

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