Artículo 235Atentados a la libertad electoral: pena inconmutable
Texto oficial
Toda falta, acto de fraude, coacción, soborno, cohecho o intimidación ejercido contra los electores, antes o durante el acto eleccionario, será considerado como atentado a la libertad electoral y penado con prisión o arresto inconmutable.
Qué significa en la práctica
Comprar votos, amenazar electores, ejercer coacción o cualquier fraude electoral es un atentado a la libertad electoral. La pena es prisión o arresto sin posibilidad de conmutación, lo que refleja la gravedad con que la Constitución trata estos delitos.
Ejemplo práctico
Un funcionario que promete beneficios económicos a cambio de votos comete un atentado a la libertad electoral y puede ser condenado a prisión inconmutable.