Ley 0

Artículo 239Atribuciones del Tribunal Electoral

Texto oficial

Al Tribunal Electoral le corresponde, fuera de otras funciones y atribuciones que le asigne la ley de la materia, las siguientes: 1º.- Practicar los escrutinios definitivos. 2º.- Conocer y resolver en grado de de las resoluciones del Juez Electoral. 3º.- El Ministerio Público será parte legítima en toda cuestión que se suscite por ante el Juez Electoral o el Tribunal Electoral.

Qué significa en la práctica

El Tribunal Electoral tiene tres funciones clave: realizar el escrutinio definitivo de las elecciones, resolver las apelaciones contra fallos del Juez Electoral, y admitir al Ministerio Público como parte legítima en toda causa electoral.

Ejemplo práctico

Si un partido impugna el resultado oficial de una elección municipal, el Tribunal Electoral es quien decide definitivamente, con el Ministerio Público como parte del proceso.

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