El tesoro municipal se formará: 1º.- Con el producido de tasas y contribuciones equitativas, proporcionales y progresivas. 2º.- Con impuestos sobre industrias, profesiones, diversiones, publicidad, patente de automotores, licencias de conductor e introducción de alimentos. 3º.- Con la renta de bienes propios. 4º.- Con el producido de actividades económicas y servicios públicos, y de contribuciones por mejoras. 5º.- Con la participación obligatoria proporcional en impuestos nacionales y provinciales recaudados en su . 6º.- Con empréstitos para obras y servicios públicos, no para gastos corrientes. 7º.- Con donaciones, legados, subsidios y subvenciones compatibles con los fines constitucionales.
Qué significa en la práctica
Los municipios se financian con tasas, impuestos locales (patentes, publicidad, habilitaciones), renta de bienes propios, coparticipación obligatoria de impuestos nacionales y provinciales, y préstamos solo para obras o servicios (nunca para pagar sueldos o gastos corrientes).
Ejemplo práctico
El Municipio de San Fernando del Valle tiene derecho constitucional a recibir una parte proporcional de los impuestos que la AFIP o la DGR provincial recaudan dentro de su territorio.