Artículo 265Patrimonio cultural: conservación, catastro y medios de comunicación
Texto oficial
El Estado provincial asegura la conservación, enriquecimiento y difusión del patrimonio cultural, lingüístico, literario, arqueológico, arquitectónico, documental, artístico, folklórico y paisajístico en su marco ecológico. Es responsable de los bienes que lo componen y creará el catastro de bienes culturales. La legislación propenderá a alentar en los medios de comunicación social, oficiales y privados, un mensaje apropiado para privilegiar la cultura vernácula.
Qué significa en la práctica
La Provincia es la guardiana del patrimonio cultural catamarqueño en todas sus formas: arqueológico, arquitectónico, folklórico, paisajístico, etc. Debe llevar un inventario (catastro) de esos bienes y promover que los medios de comunicación difundan la cultura local.
Ejemplo práctico
Un canal de televisión provincial puede recibir incentivos por emitir programación de música y artesanías catamarqueñas en cumplimiento de este mandato constitucional.