Ley 0

Artículo 268Educación obligatoria desde el nivel primario hasta el ciclo básico del nivel medio

Texto oficial

La educación será obligatoria para todos los habitantes de la Provincia a partir del nivel primario y hasta completar el ciclo básico del nivel medio. La Provincia garantizará la educación pública estatal del nivel pre-primario, pero el acceso a ella quedará librado a la decisión de los padres.

Qué significa en la práctica

La escuela primaria y el ciclo básico del secundario son obligatorios. El jardín de infantes es optativo: la Provincia debe ofrecerlo gratuitamente, pero los padres deciden si mandan o no a sus hijos.

Ejemplo práctico

Un niño que no asiste a la escuela primaria puede ser sujeto de intervención del Estado provincial por incumplimiento de la obligatoriedad escolar.

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