Ley 0

Artículo 275Estatuto del Docente: jerarquización profesional y garantías laborales

Texto oficial

El Estado provincial garantiza al trabajador docente de los establecimientos públicos estatales su jerarquización profesional y socio-económica mediante el reconocimiento de los deberes, derechos y funciones que establezca el Estatuto del Docente. Garantizando condiciones de ingresos, ascensos, estabilidad, egreso y los requerimientos del sistema educativo en cuanto a la formación y capacitación docente.

Qué significa en la práctica

Los docentes del Estado tienen reconocimiento profesional y económico garantizado por la Constitución. El Estatuto del Docente regula su ingreso, ascenso, estabilidad y retiro, así como su capacitación continua.

Ejemplo práctico

Un docente estatal no puede ser removido ni trasladado sin causa, porque la Constitución garantiza su estabilidad laboral a través del Estatuto del Docente.

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