Artículo 283La Convención solo puede reformar lo habilitado en la ley declaratoria
Texto oficial
La Convención no podrá tratar otras reformas parciales que las especificadas en la ley declaratoria, pero no estará obligada a modificar, suprimir o complementar las disposiciones cuya reforma hubiera sido declarada necesaria, cuando considere que no existe esa necesidad.
Qué significa en la práctica
La Convención no puede "saltearse" los límites: si la ley la habilitó para reformar dos artículos, no puede cambiar otros. Pero tampoco está obligada a reformar lo que se le habilitó si, al deliberar, considera que la reforma no es necesaria.
Ejemplo práctico
Si la ley de convocatoria habilitó solo la reforma del artículo de reelección, la Convención no puede aprovechar para cambiar el sistema de gobierno, aunque lo quiera hacer.