Ley 0

Artículo 285Requisitos para ser convencional; incompatibilidades proselitistas

Texto oficial

Para ser convencional se requieren las mismas calidades que para ser diputado. El cargo de convencional es compatible con cualquier cargo público nacional, provincial o municipal. Si el candidato a convencional fuere el Gobernador, Vicegobernador, magistrado del Poder Judicial, ministro, Jefe de Policía o Intendente Municipal, no le será permitido desarrollar actividad proselitista alguna.

Qué significa en la práctica

Ser convencional exige los mismos requisitos que para diputado. Un funcionario en ejercicio (Gobernador, ministro, juez, etc.) puede ser candidato pero no puede hacer campaña política, para no usar el cargo en su favor.

Ejemplo práctico

Un ministro provincial puede postularse como convencional, pero durante la campaña no puede usar recursos del Estado ni su cargo para hacer proselitismo.

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