Artículo 287Composición de la Convención: igual a senadores más diputados; distrito único proporcional
Texto oficial
La Convención se compondrá de igual número de miembros al de la totalidad de senadores y diputados. Serán elegidos considerando la Provincia como un distrito único y bajo el sistema de representación proporcional que fije la ley.
Qué significa en la práctica
La Convención tiene tantos miembros como legisladores provinciales en total. Se eligen en una sola circunscripción provincial, con representación proporcional entre partidos, para que todas las fuerzas políticas estén presentes.
Ejemplo práctico
Si la Legislatura tiene 72 miembros (senadores y diputados sumados), la Convención tendrá 72 convencionales elegidos en votación provincial única.