Artículo 294Disposiciones transitorias: supresión de las ya cumplidas en ediciones futuras
Texto oficial
Estas disposiciones, una vez cumplidas, serán suprimidas de las sucesivas ediciones oficiales que se realicen del texto de la Constitución.
Qué significa en la práctica
Las disposiciones transitorias solo tienen vigencia hasta que se cumplan. Una vez ejecutadas, deben eliminarse de las versiones oficiales del texto constitucional, para que no generen confusión en el futuro.
Ejemplo práctico
La disposición que fijó la fecha de la primera elección de Gobernador bajo esta Constitución ya se cumplió y en ediciones actualizadas debería haber sido suprimida.