Ley 0

Artículo 31Non bis in idem — prohibición de doble juzgamiento

Texto oficial

Nadie puede ser perseguido judicialmente más de una vez por un mismo , ni bajo pretexto alguno podrán suscitarse de nuevo pleitos fenecidos, salvo en materia criminal cuando la revisión sea favorable al reo y el caso esté autorizado por la ley.

Qué significa en la práctica

Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo . Una causa cerrada no puede reabrirse, excepto en materia penal y solo cuando la revisión beneficia al condenado (por ejemplo, para reducir su pena o absolverlo).

Ejemplo práctico

Si alguien fue absuelto por robo, no pueden volver a juzgarlo por ese mismo hecho aunque aparezcan nuevas pruebas en su contra.

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