Ley 0

Artículo 37Finalidad humanitaria de las cárceles

Texto oficial

Las cárceles son destinadas para seguridad y no para mortificación de los presos. Las penitenciarías creadas por la ley, serán reglamentadas de manera que constituyan centros de moralización, de instrucción y de trabajo. Todo rigor innecesario hace directamente responsables a las autoridades o funcionarios que lo autoricen o ejerzan.

Qué significa en la práctica

La cárcel existe para mantener a alguien seguro y fuera de circulación, no para torturarlo ni hacerle sufrir. Las penitenciarías deben ser centros de educación y trabajo. Los funcionarios que apliquen castigos innecesarios son personalmente responsables.

Ejemplo práctico

Un preso puede reclamar judicialmente si es sometido a tratos degradantes, aislamiento prolongado sin justificación o se le niegan actividades educativas o laborales.

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