Ley 0

Artículo 48Responsabilidad subsidiaria del Estado provincial

Texto oficial

No obstante la responsabilidad personal del agente, la Provincia responde subsidiariamente por el daño civil ocasionado por sus empleados y funcionarios en el desempeño de sus cargos, por razón de la función o del servicio prestado.

Qué significa en la práctica

Además de la responsabilidad personal del funcionario, la provincia también debe responder si un daño fue causado en el ejercicio de una función estatal. Es una garantía para las víctimas: si el funcionario no puede pagar, puede reclamarse a la provincia.

Ejemplo práctico

Si un empleado de obras públicas daña el auto de un vecino mientras trabaja, la víctima puede reclamar al empleado y, subsidiariamente, a la provincia.

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