Artículo 58Comunidad, familia, gremios, cooperativas e instituciones sociales
Texto oficial
La comunidad catamarqueña se funda en la pluralidad y la . El Estado auspicia su organización libre e integral mediante el sistema de instituciones sociales, económicas, políticas y culturales que el pueblo constituye para participar en las decisiones y realizar la justicia social. La Provincia garantiza la constitución y funcionamiento de: 1º.- La familia, como base fundamental de la sociedad y responsable primaria de la crianza y educación de los hijos. 2º.- Los gremios, asegurándoles los derechos de , , , comisiones paritarias y convenios colectivos, sindical y estabilidad. 3º.- Las cooperativas y mutuales, que la Provincia fomenta, registra y fiscaliza. 4º.- Los colegios profesionales, a los que el Estado puede conferir el gobierno de la matrícula. 5º.- Las entidades intermedias de carácter social, económico, profesional o cultural cuyo fin sea la promoción del bien común.
Qué significa en la práctica
La sociedad catamarqueña se organiza sobre la pluralidad y la . La provincia garantiza la libre constitución de familias, sindicatos (con derecho a y paritarias), cooperativas, colegios profesionales y organizaciones sociales y culturales.
Ejemplo práctico
Un sindicato de trabajadores municipales puede negociar paritarias con la provincia amparado por este artículo.