Ley 0

Artículo 79Composición del Senado

Texto oficial

Esta Cámara estará compuesta por un senador por cada uno de los departamentos actuales. En el mismo acto de elegir a los titulares procedarase a elegir un suplente por cada departamento para reemplazarlos en caso de vacancia.

Qué significa en la práctica

El Senado tiene un representante por cada uno de los departamentos de Catamarca, independientemente de su población. Esto garantiza que los departamentos menos poblados tengan la misma voz que los más grandes. Junto a cada senador titular se elige uno suplente.

Ejemplo práctico

El departamento de Antofagasta de la Sierra (el menos poblado) tiene el mismo peso en el Senado que el departamento Capital (el más poblado), con un senador cada uno.

← Ver en Constitución Catamarqueña completaConstituciones