Artículo 88Plazo del juicio político: cuatro meses
Texto oficial
El fallo del Senado deberá darse dentro de cuatro meses, contados desde la iniciación del juicio ante él mismo, prorrogándose las sesiones en caso necesario. Vencidos los cuatro meses sin haberse pronunciado el fallo definitivo, quedará absuelto de hecho el acusado.
Qué significa en la práctica
El Senado tiene 4 meses para dictar . Si se vence ese plazo sin fallo, el acusado queda absuelto automáticamente. Esto evita que el se use como herramienta para dejar a un funcionario indefinidamente suspendido sin resolución.
Ejemplo práctico
Si el juicio político comenzó en mayo y el Senado no se expide antes del 30 de agosto, el gobernador acusado queda absuelto por vencimiento de plazo y puede retomar sus funciones.