Ley 0

Artículo 94Quórum para sesionar

Texto oficial

Para funcionar necesitan mayoría absoluta, pero en número menor podrán reunirse al solo objeto de acordar las medidas que estimen conveniente para compeler a los inasistentes.

Qué significa en la práctica

Para sesionar válidamente se necesita la mitad más uno de los miembros (quórum). Si no hay quórum, los presentes solo pueden reunirse para acordar medidas de presión sobre los ausentes, como multas o llamados de atención.

Ejemplo práctico

Si solo se presentan 15 de los 41 diputados, la sesión no puede funcionar; los presentes pueden votar aplicarles una multa a los ausentes para forzar su asistencia.

← Ver en Constitución Catamarqueña completaConstituciones