Ley 0

Artículo 127Pronunciamiento

Texto oficial

Deducida la acusación, el tribunal de tomará conocimiento de la causa y se pronunciará dentro del término de sesenta días. Vencido este término sin que la sala se hubiere pronunciado, se considerará desestimada la acusación y el acusado será reintegrado al ejercicio de su cargo.

Qué significa en la práctica

El Tribunal de tiene 60 días corridos para dictar fallo. Si no se pronuncia en ese plazo, la acusación se tiene por rechazada automáticamente y el funcionario suspendido recupera su cargo y .

Ejemplo práctico

Si el Tribunal de Sentencia no dicta fallo antes del día 60, el Gobernador suspendido debe ser reintegrado a su cargo aunque la investigación haya determinado irregularidades.

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