Resumen ejecutivo
La Constitución de la Provincia del Chaco, texto consolidado 1957/1994 sancionado por la Convención Constituyente el 27 de octubre de 1994, es la norma suprema del Estado provincial. Reconoce una extensa carta de derechos civiles, sociales, políticos, económicos, culturales y ambientales, con especial énfasis en los derechos de los pueblos indígenas y la protección del medio ambiente. Organiza la Cámara de Diputados (unicameral), el Poder Ejecutivo encabezado por el Gobernador, el Poder Judicial con el Superior Tribunal de Justicia, y los organismos de control (Fiscal de Estado, Contador General, Tesorero General y Tribunal de Cuentas). Regula el régimen de con tres categorías de municipios y el procedimiento de reforma constitucional, que combina la vía convencional con mecanismos de enmienda legislativa.Objetivo
Organizar el Estado provincial bajo la forma republicana, representativa y federal; garantizar los derechos de todos los habitantes del Chaco con especial atención a los sectores vulnerables, los pueblos indígenas y el medio ambiente; estructurar los tres poderes del gobierno y los organismos de control; regular los municipios y los recursos naturales de la provincia; y establecer los mecanismos de participación democrática directa y reforma constitucional.Problema que resuelve
Establece las reglas fundamentales de la convivencia institucional en la Provincia, fija límites al ejercicio del poder estatal y protege los derechos individuales y colectivos. Modernizó el marco constitucional original de 1957 incorporando los estándares democráticos y de derechos humanos de la segunda mitad del siglo XX, incluyendo derechos ambientales, de género, de los consumidores y de los pueblos originarios.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes