Artículo 188Elección y funciones del Presidente del Concejo
Texto oficial
El concejo municipal designará un presidente que será el ciudadano que figure primero en la lista del partido que obtuviere mayor cantidad de votos; un vicepresidente 1 y un vicepresidente 2, que corresponderá, respectivamente, al primero de cada lista que le suceda en la integración del concejo. Cuando los concejales provinieran sólo de dos listas, la vicepresidencia segunda corresponderá al ciudadano electo en segundo término de la lista ganadora. El presidente representará al concejo, dirigirá las sesiones, reemplazará al intendente en caso de ausencia y ejecutará los demás actos determinados por ley o carta orgánica. El presidente y los vicepresidentes podrán ser removidos de sus cargos por el voto de los dos tercios de los miembros del cuerpo.
Qué significa en la práctica
El concejo tiene un presidente (el primero de la lista ganadora) y dos vicepresidentes (de las listas que siguen). El presidente conduce las sesiones y es el sustituto del intendente cuando este está ausente; puede ser removido por dos tercios del cuerpo.
Ejemplo práctico
Si la lista A gana con más votos, su primer candidato será presidente del concejo; el primero de la lista B será vicepresidente 1 y el primero de la lista C, vicepresidente 2.