Artículo 187Integración del Consejo de la Magistratura
Texto oficial
El Consejo de la Magistratura se integra con el Presidente del Superior Tribunal de Justicia, tres magistrados con rango no inferior a camarista o equivalente, cuatro abogados de la matrícula con una antiguedad en el título no inferior a diez años, un empleado no abogado del Poder Judicial con por lo menos diez años de antiguedad en el mismo y cinco ciudadanos no abogados y no empleados judiciales, que reúnan los requisitos exigidos para ser elegido diputado, en todos los supuestos con no menos de cuatro años de residencia efectiva en la Provincia.
Qué significa en la práctica
El Consejo de la Magistratura de Chubut tiene 14 miembros: el presidente del STJ, 3 jueces de cámara, 4 abogados con 10 años de matrícula, 1 empleado judicial no abogado y 5 ciudadanos comunes que cumplan requisitos de diputado. Todos deben tener al menos 4 años de residencia en la provincia.
Ejemplo práctico
Si un abogado laboralista de Trelew tiene 12 años de matrícula y 5 años viviendo en la provincia, puede ser elegido como representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura.