Ley 0

Artículo 120Garantía de Defensa

Texto oficial

La ley establece el procedimiento, garantizando la defensa y el descargo del acusado, quien goza de todas las garantías y derechos reconocidos por esta Constitución y la Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

El funcionario acusado en tiene garantizado el derecho de defensa: puede presentar descargos, ofrecer pruebas y hacer uso de todas las , tanto provinciales como nacionales.

Ejemplo práctico

El Gobernador sometido a juicio político tiene derecho a nombrar abogado defensor, ofrecer testigos y presentar pruebas documentales ante el tribunal de sentencia.

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