Ley 0

Artículo 172Funciones

Texto oficial

El Ministerio Público tiene las siguientes funciones: 1. Preparar y promover la acción judicial en defensa del interés público y los derechos de las personas. 2. Custodiar la y de los tribunales provinciales y la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante aquellos la satisfacción del interés social. 3. Promover y ejercitar la acción penal pública ante los tribunales competentes, sin perjuicio de los derechos que las leyes acuerden a los particulares. 4. Dirigir la Policía Judicial.

Qué significa en la práctica

El Ministerio Público promueve la acción judicial en defensa del interés público, custodia el correcto funcionamiento de la justicia, ejerce la acción penal pública y dirige la Policía Judicial. Es el motor de la persecución penal del Estado.

Ejemplo práctico

Cuando se comete un delito de acción pública (como un robo), es el Ministerio Público quien decide si lleva el caso a juicio; no depende de la voluntad de la víctima.

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