Ley 0

Artículo 185Competencia territorial

Texto oficial

La territorial comprende la zona a beneficiarse con los servicios municipales. La Legislatura establece el procedimiento para la fijación de límites; éstos no pueden exceder los correspondientes al Departamento respectivo. Por ley el Gobierno Provincial delega a los municipios el ejercicio de su , en materias de municipal en las zonas no sujetas a su territorial.

Qué significa en la práctica

El territorio municipal es la zona donde el municipio presta sus servicios. Sus límites los fija la Legislatura pero no pueden sobrepasar el departamento al que pertenece. Fuera del ejido urbano, la Provincia puede delegar al municipio su en materias locales.

Ejemplo práctico

Un municipio no puede extender sus ordenanzas más allá del Departamento en que se ubica; si quiere prestar servicios en zona rural aledaña, necesita que la ley provincial lo autorice.

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