Ley 0

Artículo 56Actividades de interés social

Texto oficial

El Estado Provincial promueve actividades de interés social que tiendan a complementar el bienestar de la persona y de la comunidad, que comprendan el deporte, la recreación, la utilización del tiempo libre y el turismo.

Qué significa en la práctica

El Estado cordobés debe promover el deporte, la recreación, el uso del tiempo libre y el turismo como actividades que contribuyen al bienestar individual y comunitario.

Ejemplo práctico

La construcción de polideportivos públicos o la organización de torneos barriales son cumplimiento del mandato constitucional de promover el deporte y la recreación.

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