Ley 0

Artículo 69Planeamiento

Texto oficial

El Estado Provincial orienta las actividades económicas conforme a los principios enunciados en esta Constitución; elabora planes en los que promueve la participación de los sectores económicos y sociales interesados, destinados al desarrollo regional e integración económica provincial. El presupuesto de la Provincia y el de las empresas del Estado se formulan en el marco de dicha planificación. La Provincia acuerda con otras y con el Gobierno Federal su participación en sistemas federales o regionales de planeamiento.

Qué significa en la práctica

El Estado provincial planifica la economía con participación de sectores privados y sociales. El presupuesto provincial y de las empresas del Estado deben elaborarse en el marco de ese plan. Córdoba puede articularse en sistemas de planeamiento federal o regional.

Ejemplo práctico

Los planes de desarrollo regional de Córdoba deben elaborarse con participación de cámaras empresariales, sindicatos y municipios, no solo desde el Ejecutivo Provincial, según este artículo.

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