Ley 0

Artículo 187Atribuciones del Superior Tribunal de Justicia

Texto oficial

Las atribuciones del Superior Tribunal de Justicia son las siguientes: 1) Ejerce la en grado de , para conocer y resolver la constitucionalidad o inconstitucionalidad de leyes, decretos o reglamentos que estatuyan sobre materia regida por esta Constitución y que se controvierta por parte interesada, en juicio contradictorio. 2) Conoce y resuelve originaria y exclusivamente las causas de entre los poderes públicos de la Provincia, las que ocurran entre los Tribunales de Justicia con motivo del ejercicio de sus respectivas competencias, las cuestiones entre un municipio y un poder provincial, entre los municipios y entre las ramas del mismo municipio. 3) Nombra y remueve sus empleados y los de los Jueces de Primera Instancia a propuesta o indicación de éstos. Las Cámaras de Apelaciones nombran y remueven los suyos. Las designaciones se hacen en todos los casos sobre la base de los siguientes principios: concurso para el ingreso a la función, derecho ascenso e inmovilidad en el cargo. 4) Decide en grado de extraordinaria de las resoluciones de los tribunales inferiores en los casos y formas que la ley establece. 5) Puede imponer a los abogados, escribanos y procuradores, correcciones disciplinarias de suspensión en el ejercicio profesional hasta de seis (6) meses y de multa hasta cinco mil pesos moneda nacional ($5.000), pudiendo aplicar esta última corrección a los Magistrados y funcionarios judiciales. 6) Designa anualmente de entre sus miembros al Presidente del Cuerpo y a sus subrogantes. 7) Determina las épocas de las ferias judiciales como también los feriados cuando las circunstancias particulares así lo exijan. 8) Tiene a su cargo la Policía Judicial, de conformidad a lo que determina la ley. 9) Expide acordadas y reglamentos para hacer efectiva esta Constitución y la Ley Orgánica de los Tribunales. 10) Interviene igualmente en los recursos de casación, cuyo ejercicio debe determinar la ley.

Qué significa en la práctica

El STJ tiene 10 atribuciones principales: controla la constitucionalidad de las leyes, resuelve conflictos de entre poderes y municipios, administra el personal judicial, decide recursos extraordinarios y de casación, impone sanciones disciplinarias a abogados y funcionarios, designa su propio presidente, fija las ferias judiciales, dirige la Policía Judicial y dicta reglamentos.

Ejemplo práctico

Si un municipio y el Ministerio de Infraestructura se disputan quién tiene atribución sobre una obra pública, el conflicto de competencia se lleva directamente al STJ (inc. 2) sin pasar por instancias inferiores.

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