Ley 0

Artículo 206Educación obligatoria y gratuita

Texto oficial

La educación, como derecho humano y bien social, debe ser integral y orientada a formar ciudadanos para la vida democrática y la convivencia humana. La educación inicial, primaria y secundaria es obligatoria. El Estado Provincial organiza la enseñanza en todos sus niveles, garantiza la atención de personas con necesidades educativas especiales, promociona y apoya la investigación científica y tecnológica, promueve los valores cooperativos y concerta planes de asistencia e intercambio con organismos nacionales e internacionales, otras provincias y universidades. La educación pública es gratuita.

Qué significa en la práctica

La educación inicial, primaria y secundaria es obligatoria y gratuita en el sector público. El Estado organiza todos los niveles, garantiza la educación especial e impulsa la investigación científica y el intercambio con otras instituciones. Los valores cooperativos son parte del currículo.

Ejemplo práctico

Si un municipio no tiene jardín de infantes, el Estado provincial tiene la obligación constitucional de garantizar esa educación inicial; no es opcional: la educación inicial es obligatoria tanto para el alumno como para el Estado en cuanto a su provisión.

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