Cada cámara sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros. Cuando por falta de quórum, fracasaran dos sesiones consecutivas de las establecidas por cada cámara, éstas podrán sesionar con la tercera parte de sus miembros. Tratándose de sesiones especiales, el quórum de la tercera parte regirá cuando la citación para las mismas, se haya hecho con anticipación de tres días por lo menos. Para la exclusión por ausentismo reiterado se requiere la presencia de la cuarta parte de la totalidad de los miembros de la cámara. En cualquier caso, podrán reunirse en menor número al solo efecto de acordar las medidas necesarias para compeler a los inasistentes por la fuerza pública y aplicar penas de multa o suspensión.
Qué significa en la práctica
Normalmente se necesita mayoría absoluta (mitad más uno) para sesionar; si fracasan dos sesiones seguidas por falta de quórum, alcanza con un tercio. La exclusión de un legislador por ausentismo requiere presencia de al menos un cuarto de la cámara.
Ejemplo práctico
La Cámara de Diputados (34 miembros) necesita 18 presentes para sesionar; si fracasan dos sesiones, puede hacerlo con 12.