Artículo 125Proceso de sanción y promulgación de leyes
Texto oficial
Aprobado un proyecto por la cámara de su origen, pasa para su discusión a la otra cámara. Aprobado por ambas, pasa al Poder Ejecutivo para su examen, y si también lo aprueba, lo promulga como ley.
Qué significa en la práctica
El recorrido normal de un proyecto es: cámara de origen → cámara revisora → Poder Ejecutivo. Si el Ejecutivo lo aprueba, lo promulga; si no, lo veta.
Ejemplo práctico
Un proyecto presentado en Diputados que aprueba allí pasa al Senado; si el Senado también lo aprueba, va al gobernador para su promulgación.