Artículo 180Consejo de la Magistratura — función y competencia
Texto oficial
El Consejo de la Magistratura es un órgano asesor permanente del Poder Ejecutivo. Tiene exclusiva para proponerle, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes, la designación en los cargos que correspondan de los magistrados y los funcionarios de los Ministerios Públicos del Poder Judicial.
Qué significa en la práctica
El Consejo de la Magistratura es el organismo que, mediante concurso público, selecciona ternos de candidatos para cubrir cargos de jueces y fiscales. El Ejecutivo solo puede elegir entre esos tres candidatos.
Ejemplo práctico
Para designar un juez de primera instancia, el gobernador debe esperar que el Consejo realice un concurso y le envíe una terna; no puede designar a alguien por fuera de ella.