Artículo 239Municipios sin carta orgánica — ley orgánica
Texto oficial
Se regirán por ley orgánica los municipios habilitados para dictar sus propias cartas mientras no hagan uso de ese derecho, y los restantes previstos en esta Constitución.
Qué significa en la práctica
Los municipios que aún no dictaron su carta orgánica, y los que no alcanzan el umbral para hacerlo, se rigen por la ley orgánica municipal provincial.