Ley 0

Artículo 239Municipios sin carta orgánica — ley orgánica

Texto oficial

Se regirán por ley orgánica los municipios habilitados para dictar sus propias cartas mientras no hagan uso de ese derecho, y los restantes previstos en esta Constitución.

Qué significa en la práctica

Los municipios que aún no dictaron su carta orgánica, y los que no alcanzan el umbral para hacerlo, se rigen por la ley orgánica municipal provincial.
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