Ley 0

Artículo 258Gratuidad y obligatoriedad de la educación pública

Texto oficial

El Estado garantiza a los habitantes la igualdad de oportunidades para el acceso, permanencia, reingreso y egreso en todos los niveles de la educación obligatoria. La educación común en la Provincia es gratuita y laica en los niveles inicial, primario, secundario y superior de las instituciones de gestión estatal. La obligatoriedad corresponde a los niveles inicial, primario y secundario o al período mayor que la legislación determine.

Qué significa en la práctica

La educación pública es gratuita y laica en todos los niveles de gestión estatal. La obligatoriedad abarca los niveles inicial, primario y secundario.

Ejemplo práctico

Un alumno en un establecimiento estatal de nivel secundario no paga aranceles porque la educación pública es gratuita y laica.

← Ver en Constitución de la Provincia de Entre Ríos completaConstituciones