Ley 0

Artículo 260Lineamientos curriculares transversales

Texto oficial

Los lineamientos curriculares para cada nivel educativo obligatorio, integrarán, de manera transversal, educación con: cultura, derechos humanos, culturas ancestrales, cooperativismo y mutualismo, educación sexual, para la paz y para la no violencia, trabajo, ciencia y tecnología. La educación ambiental, los lenguajes artísticos, la educación física y el deporte escolar son inherentes a la educación común. Los institutos de formación superior y del personal de seguridad incluirán los derechos humanos en sus planes de estudio.

Qué significa en la práctica

Los currículos deben integrar transversalmente derechos humanos, culturas ancestrales, cooperativismo, educación sexual, ambiente, artes y deporte. Los institutos de formación superior y policial deben incluir derechos humanos.

Ejemplo práctico

Un plan de estudios secundario en Entre Ríos debe incluir educación ambiental y derechos humanos de forma transversal.

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