Artículo 32Seguridad ciudadana — prevención del delito y asistencia a la víctima
Texto oficial
El Estado asume como deber irrenunciable la seguridad ciudadana mediante políticas de prevención del y de asistencia a la víctima.
Qué significa en la práctica
La seguridad ciudadana es un deber irrenunciable del Estado. Debe implementar políticas tanto de prevención del como de asistencia y reparación a las víctimas.
Ejemplo práctico
El Estado provincial no puede eliminar los programas de asistencia a víctimas de delitos ni reducir las políticas preventivas sin violar este deber constitucional.