Ley 0

Artículo 72Infraestructura vial — construcción y mejoramiento de caminos

Texto oficial

Intensificará la construcción y mejoramiento progresivo de los caminos e incitará la iniciativa y cooperación privadas para la prosecución de la obra vial.

Qué significa en la práctica

El Estado tiene el constitucional de construir y mejorar progresivamente la red vial provincial, incentivando también la participación privada en la obra pública de caminos.

Ejemplo práctico

El programa provincial de mejora de caminos rurales tiene base constitucional en este artículo, que obliga al Estado a invertir progresivamente en infraestructura vial.

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