Ley 0

Artículo 82Derecho al trabajo — negociación colectiva, salario mínimo y gremios

Texto oficial

El trabajo es un derecho que el Estado protege e impulsa. Promueve el empleo y el trabajo decente, en igualdad de condiciones para todos, reivindicando su en materia de policía. Controla el efectivo cumplimiento de la norma laboral y de las disposiciones convencionales y sanciona su incumplimiento. Garantiza la promoción de las acciones tendientes a la erradicación del trabajo no registrado y el cumplimiento de la legislación sobre trabajo infantil. Genera mecanismos de acercamiento entre las ofertas y demandas de puestos de trabajo. Reglamenta las condiciones de trabajo de empleados públicos provinciales y municipales y especialmente: a) La negociación colectiva garantizando los principios de irrenunciabilidad, progresividad, primacía de la realidad, indemnidad y, en caso de duda, interpretación a favor del trabajador. b) El marco regulatorio general del empleado público provincial y municipal con participación de los trabajadores, que asegurará el cumplimiento de normas sobre higiene, seguridad y prevención de infortunios; y la participación de los trabajadores en la dirección y gestión de las empresas y entes autárquicos o descentralizados. c) El régimen de seguridad social para los empleados públicos provinciales y municipales en el ámbito de su , con el objeto de proteger a trabajadores en actividad y pasivos. d) El mínimo para los obreros del Estado, el que se fijará conforme el costo de vida, no será inferior al vital y móvil. Todo incremento salarial, otorgado a partir de la presente Constitución, deberá estar sujeto a aportes y contribuciones. e) La inembargabilidad del hogar de familia. f) El fomento de la construcción de viviendas higiénicas, con el concurso del Estado, sea en forma de desembolsos directos, de otorgamiento de créditos o garantías o de liberación de gravámenes. g) El asociacionismo gremial, debiendo fomentarlo y orientarlo. h) El funcionamiento de un organismo administrativo laboral único, con provincial y municipal, en el ámbito público y privado que ejerza el , participe en la negociación colectiva y en la solución de los conflictos individuales a través de la , y .

Qué significa en la práctica

El trabajo es un derecho constitucional. El Estado regula las condiciones laborales de los empleados públicos: negociación colectiva con los principios laborales clásicos, mínimo no inferior al vital y móvil, inembargabilidad del hogar familiar, fomento del asociacionismo gremial y organismo laboral único provincial.

Ejemplo práctico

Un empleado público provincial tiene derecho a que sus condiciones de trabajo sean fijadas a través de la negociación colectiva, con interpretación favorable al trabajador en caso de duda.

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