Ley 0

Artículo 90Elección de senadores provinciales

Texto oficial

Los senadores serán elegidos directamente por el pueblo a razón de uno por cada departamento y a simple pluralidad de votos. Se elegirán suplentes por cada partido o agrupación para reemplazar a los que cesen en su por muerte, renuncia, o cualquiera otra causa.

Qué significa en la práctica

Cada departamento elige un senador por voto directo; gana el candidato con más votos. Cada partido elige también suplentes para cubrir vacantes.

Ejemplo práctico

El departamento Paraná elige su senador por mayoría simple; si el ganador renuncia, lo reemplaza el suplente de su partido.

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