Artículo 102Dominio público del espectro radioeléctrico — radiodifusión provincial
Texto oficial
La Provincia, partiendo del espíritu democrático sentado en la presente Constitución y en ejercicio de su autonomía, reafirma el público sobre el espectro de frecuencia, reservándose el derecho de: 1) Legislar en materia de radiodifusión. 2) Promover la instalación de emisoras en zonas de frontera, en coordinación con la Nación. 3) Integrarse a una política federal de radiodifusión y televisión. 4) Todos los medios de difusión masiva de la Provincia deben ceder un espacio gratuito de dos horas semanales en su programación, que deberán ser utilizados para educación a distancia.
Qué significa en la práctica
El espectro radioeléctrico es de público provincial. La Provincia puede legislar en radiodifusión y los medios masivos de comunicación deben ceder 2 horas semanales gratuitas para educación a distancia.
Ejemplo práctico
Una radio local de Formosa debe reservar 2 horas semanales de su programación para contenidos de educación a distancia.