Ley 0

Artículo 110Quórum legislativo — mayoría absoluta

Texto oficial

La Cámara necesita, para sesionar, mayoría absoluta de sus miembros, pero en minoría podrá acordar las medidas que estime necesarias para compeler a los inasistentes, aplicar multas y suspensiones.

Qué significa en la práctica

Para sesionar válidamente se requiere mayoría absoluta de los miembros. Con minoría la Cámara solo puede tomar medidas para compeler la asistencia de los ausentes, incluyendo multas y suspensiones.
← Ver en Constitución de la Provincia de Formosa completaConstituciones