Los diputados al asumir el cargo, deberán prestar juramento de desempeñarlo fielmente, con arreglo a los preceptos de esta Constitución y de la Constitución Nacional, y por la fórmula que establecerá la misma Cámara.
Qué significa en la práctica
Al asumir, los diputados deben prestar juramento de ejercer fielmente su cargo respetando la Constitución Nacional y la Provincial.